Para Personas
- Revisión de la situación patrimonial de socios o accionistas, y de su administrador único ó miembros de su consejo de administración, a efecto de salvaguardar el patrimonio de los involucrados, caso en el cual conforme a estricto derecho se realizan los ajustes y correcciones que sean necesarios, cuidando que no se incurra en ninguna conducta delictiva, incluyendo el lavado de dinero.
- Detección de Discrepancia Fiscal y/o Lavado de Dinero del propietario de empresa, socio o accionista, administrador único o miembro del consejo de administración y de sus cónyuges, hijos, padres, hermanos; buscando siempre salvaguardar los aspectos patrimonial y económico de la persona involucrada, protegiendo, en consecuencia, su patrimonio y libertad.
- Revisión de la situación fiscal de las empresas que sin suspender actividades, actualmente se encuentren como no localizadas para el fisco.
- Esto conlleva a problemas patrimoniales y de libertad a la empresa y a todas las personas físicas relacionadas con su operación, interrumpiéndose la prescripción, suspendiéndose la caducidad, configurándose delitos fiscales, responsabilidad solidaria del representante legal y de los socios o accionistas, determinación presuntiva en todos los años en que no se ha presentado la declaración del ejercicio de ISR por estar desaparecida y caducidad de diez años respecto de dichos ejercicios, y un largo etcétera. Legalmente todos los plazos y términos se detienen hasta que la autoridad la encuentre, o localice a alguno de sus representantes legales, socios o accionistas, lo que inevitablemente ocurrirá dado a los avances tecnológicos e informáticos, y a los controles y vigilancia permanentes que le permiten ejercer sobre todos los particulares.
- Sobre aquellas personas que tienen cuentas bancarias, inversiones, bienes muebles e inmuebles, disponen de tarjetas de crédito, debito, pagan servicios con cheques o tarjetas y no se encuentren inscritos en el RFC, se brinda una asesoría integral a efecto de salvaguardar el patrimonio y libertad, efectuando acciones eficaces de prevención, toda vez que a partir de octubre del 2006 la Autoridad Fiscalizadora tiene facultades de revisión sobre las personas físicas no inscritas en el RFC, revisiones que conducirán inevitablemente a pérdida del patrimonio de la persona involucrada e incluso su libertad.


